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El conductismo ya no es la punta de lanza de la psicología, posiblemente porque los bordes de la psicología se han vuelto bastante borrosos. El conductismo está pasado de moda en parte porque las condiciones conductistas para hacer ciencia son difíciles. Los datos deben ser «accesibles por terceros», no más ‘verdad personal’ o ‘experiencia vivida’; los experimentos deben ser repetibles; Se favorecen los estudios de un solo tema y se desconfía de las estadísticas.

En segundo lugar, «conductismo» ahora significa, para muchos, la variedad «radical» de BF Skinner, que tiene características tanto positivas como negativas. En el lado positivo, Skinner siempre se preocupó por los resultados empíricos, por controlar el comportamiento en lugar de limitarse a observarlo. En el lado negativo, el énfasis en el control y la aversión de Skinner a la teoría pronto llevaron a una filosofía bastante simplista que, en ocasiones, restó importancia a los datos empíricos. Los skinnerianos llegaron a ignorar, o incluso negar, la idea de los estados internos (aparte del estado motivacional), a centrarse en el refuerzo positivo y a oponerse al castigo en cualquier forma a pesar de la evidencia de que funciona.[2].

Espero mostrar que una versión actualizada del conductismo puede ayudar a resolver una disputa legal sobre la culpa: cuándo y si es legítimo castigar a alguien culpable de malas acciones.

eamesBot/Shutterstock

Fuente: eamesBot/Shutterstock

Culpar a alguien por un crimen es justificar alguna forma de castigo. El conductismo radical afirmó que el castigo es una forma ineficaz de controlar el comportamiento; muchos otros se oponen al castigo por motivos morales; un tercer grupo ofrece distracciones metafísicas que involucran el libre albedrío, o políticas que involucran el igualitarismo y la red de seguridad social. Dado que se trata de una explicación científica, dejaré de lado por el momento las afirmaciones morales y metafísicas y me concentraré en la eficacia del castigo.

De hecho, el castigo puede ser tan efectivo como el refuerzo positivo. Ninguno está exento de limitaciones. Ambos adolecen de defectos similares: el cambio de comportamiento puede desvanecerse si se retira la contingencia, sin más recompensa ni castigo. En ambos casos, los sujetos contraatacarán: tratarán de obtener la comida sin hacer el trabajo, evadirán el castigo de forma inteligente, como la rata que “desayuna en la cama” que aprendió a evitar el shock en las patas acostándose sobre su lomo peludo. Pero en condiciones adecuadas, tanto la recompensa como el castigo pueden afectar el cambio de comportamiento deseado. No hay ninguna razón científica para excluir el castigo como medio para controlar el comportamiento.

La verdadera objeción al castigo como una forma de controlar el comportamiento es moral: el castigo en sí mismo es «malo». Pero los psicólogos experimentales y los profesores de derecho tampoco están dispuestos a decirlo directamente. Skinner deslegitimó el castigo con un argumento empírico defectuoso. Como veremos, algunos profesores de derecho logran el mismo fin al invocar la introspección de la «teoría de la mente» y el determinismo conductual para atacar la noción de «responsabilidad personal» de la que se hace depender la mayoría de los argumentos sobre el castigo.

El debate en un contexto legal es epistemológico, acerca de si existe el libre albedrío y/o el determinismo y, en caso contrario, ¿se justifica la culpa y el castigo? No es difícil discernir detrás de este debate una objeción moral al castigo retributivo, por no hablar de una actitud favorable hacia posiciones políticas como el igualitarismo. Por ejemplo, el filósofo del derecho Ronald Dworkin es criticado por aceptar la legitimidad de la culpa por ser (aparentemente) desigualitaria, él “realizó para el igualitarismo el considerable servicio de incorporar dentro de él la idea más poderosa en el arsenal de la derecha anti-igualitaria: la idea de elección y responsabilidad.” Por lo tanto, la responsabilidad personal, que es una posición filosófica, es vista por algunos estudiosos del derecho como una simple tapadera para la falta de igualdad. Lo que está claro, sin embargo, es que “anti-culpabilidad” a menudo refleja una ideología política tanto como una epistemología inmaculada.

Los anti-culpadores son a la vez vocales y prestigiosos. Por ejemplo, la filósofa legal de Stanford, Barbara Fried, presentó su contribución Beyond Blame a un interesante debate de 2013 de la siguiente manera:

La filosofía de la responsabilidad personal ha arruinado la justicia penal y la política económica. Es hora de dejar atrás la culpa.

Esto puede parecerle a algunos una idea extraña. ¿Por qué no culpar a un malhechor que claramente sabía lo que estaba haciendo (robando, digamos), sabía que estaba mal, pero lo hizo de todos modos?

El determinismo es el principal argumento de contra-culpa. Si la constitución y la historia personal de un individuo determinan cada una de sus acciones, entonces el criminal “no pudo evitarlo”, su comportamiento criminal era inevitable. Un biólogo de Stanford dice: «Nuestro creciente conocimiento sobre el cerebro hace que las nociones de voluntad, culpabilidad y, en última instancia, la premisa misma del sistema de justicia penal, sean profundamente sospechosas». Obviamente, la “ciencia” pone en duda la ingenua afirmación de que el criminal es responsable de su crimen. Si no es “responsable”, ¿tiene razón en culparlo/castigarlo?

Los argumentos legales involucran el libre albedrío, el determinismo y el interminable conflicto entre compatibilistas e incompatibilistas. El libre albedrío se descarta fácilmente: no es una noción científica. No se puede probar o refutar empíricamente. Si observa un pájaro en la naturaleza, saltando en busca de comida, parece libre, decidiendo por sí mismo dónde saltar a continuación. ¿Cómo sabrías que no fue así? «Bueno, eso es solo un pájaro», podrías decir. Podemos simplemente preguntarle a una persona: ¿te sientes libre? La mayoría de las veces, si no está bajo presión, coaccionado o restringido, dirá «sí». Pero, ¿qué tan concluyente es eso? Las personas pueden ser adoctrinadas, hipnotizadas, poseer una «falsa conciencia», no tener el control total de su conciencia o comportamiento. Puede que no recuerdes un nombre que conoces perfectamente bien; sin embargo, en una hora o dos, aparece y no sabes por qué. No eres “libre de recordar” ni siquiera palabras familiares. El libre albedrío es un sentimiento, no un hecho científicamente comprobable.

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El libre albedrío puede no ser verificable, pero ¿qué tan convincente es el argumento del determinismo? Suponga que hay leyes, ya sean físicas o del destino, que determinan totalmente su comportamiento. ¿Eres libre o no? Algunos dicen que sí (compatibilistas) y otros que no (incompatibilistas). Los compatibilistas dicen que la culpa y el castigo son legítimos. Pero hay muchos incompatibilistas, personas que argumentan que si se determina el comportamiento, el elogio y la culpa son ilegítimos.

Fried comenzó su artículo citando al conocido filósofo político James Q Wilson:

¿El hecho de que la biología determine más de nuestro pensamiento y conducta de lo que habíamos imaginado previamente socava la noción de libre albedrío? ¿Y esta posibilidad, a su vez, socava, si no destruye por completo, nuestra capacidad de responsabilizar a las personas por sus acciones?

Podría haber enumerado la ayuda de un aliado mayor, Skinner, quien en 1971 transfirió la responsabilidad del hombre a su entorno pasado y presente:

Una persona es responsable de su comportamiento, no sólo en el sentido de que se le puede culpar o castigar con justicia cuando se porta mal, sino también en el sentido de que se le debe reconocer y admirar por sus logros. Un análisis científico traslada el crédito y la culpa al medio ambiente, y las prácticas tradicionales ya no pueden justificarse.

Wilson, un compatibilista, respondió a su pregunta «no». Pero el peso del otro lado es sustancial: según Fried, Skinner y muchos otros, desde Richard Dawkins hasta el famoso abogado de Leopold y Loeb, Clarence Darrow, si el comportamiento está determinado causalmente, el elogio y la culpa, y el castigo, son inapropiados.

Pero este argumento es erróneo, por la siguiente razón: la eficacia del castigo, como remedio y desentierro, depende de la previsibilidad de la conducta. No tiene sentido castigar a un loco como Daniel M’Naghten que mató a un funcionario británico en 1843 evidentemente bajo un delirio de persecución. Pero para la mayoría de las personas, la perspectiva del castigo disuadirá y ser castigado puede reformar. La mayoría de la gente responderá a la recompensa y al castigo de la forma que han trazado los conductistas. Así que el determinismo, lejos de descartar el castigo, es necesario para que el castigo tenga algún efecto. El argumento de Skinner es realmente una defensa del castigo legal, no un rechazo del mismo.

¿Qué pasa con la culpa, que es una cuestión moral? Podemos castigar a un perro por robar comida de la mesa, pero no lo culpamos, no lo tratamos como moralmente defectuoso, de la forma en que culparíamos (erróneamente, según Fried) a un ladrón humano. El castigo, el tratamiento del delito, puede ser similar para ambos, pero para el perro falta el ángulo moral. Cuestiones morales une fuera de la ciencia. La ciencia puede decir cómo lograr un fin moral; no puede decirnos el final. Este es un tema para otro momento, pero esta cita de un neurocientífico y un filósofo insinúa el problema:

La nueva neurociencia afectará la forma en que vemos la ley, no brindándonos nuevas ideas o argumentos sobre la naturaleza de la acción humana, sino insuflando nueva vida a los antiguos…”[It] puede ayudarnos a ver que todo comportamiento es mecánico, que todo comportamiento es producido por cadenas de eventos físicos que en última instancia se remontan a fuerzas más allá del control del agente… Otros neurocientíficos esperan ver una actitud general ‘pasar de la culpa a la biología’.

El sentimiento es familiar: el determinismo significa que no hay responsabilidad personal. Pero la epistemología supone un agente. Para la ciencia no hay agente, solo una serie de causas y efectos. La agencia tiene relación con la función retributiva del castigo legal, a diferencia de su efecto disuasorio. La idea de un agente proviene no solo de la introspección sino de fuentes religiosas. Requiere un argumento moral o religioso, no científico.